El Partido Liberal se mantiene en una negativa para reducir el tiempo de prueba laboral, ante ello, el Congreso Nacional (CN), suspendió la discusión en tercer debate de las reformas al Código del Trabajo.
El PL busca que se apruebe la Ley de empleo parcial, de lo contrario continuará con la negativa ante la reforma sobre la reducción del periodo de prueba laboral que actualmente es de 60 días y pretenden dejarlo en 45.
“Los liberales están condicionando aprobar esta reducción del periodo de prueba a cambio que le aprobemos la Ley de Empleo Parcial, eso es difícil, imposible, porque esa ley elimina derecho de los trabajadores”, expresó Juan Barahona, diputado del partido Libertad y Refundación (Libre).
Mario Segura, jefe de bancada del Partido Liberal, informó que no apoyarán la iniciativa de Ley que busca reformar los artículos 49 al 51 del Código de Trabajo para reducir de 60 a 45 días, si no se aprueba la Ley de empleo parcial.
“Es contundente y hemos sido claros, si no se toca la ley presentada por el Partido Liberal, no vamos a apoyar esta ley para reducción de periodo de prueba laboral”, afirmó Segura.
Además, lamentó que son muchos los jóvenes que podrían trabajar con la Ley de Empleo por Hora.
El 31 de julio el Congreso Nacional discutió en primer debate la iniciativa de ley para reducir de 60 a 45 días el periodo de prueba, pero queda pendiente la aprobación en tercer último debate, ante la postura de la bancada liberal.
Daniel Durón, secretario general de la Central General de Trabajadores (CGT), se manifestó a favor de la iniciativa para que los empleados sean permanentes antes de los 60 días que establece actualmente la ley.
La iniciativa fue presentada por el diputado de Libre, Víctor Hugo Chinchilla y busca atenuar la incertidumbre laboral que aqueja a muchos empleados en ese periodo de trabajo inicial.
SEGÚN LA LEY
El periodo de prueba del artículo 49 dice que no puede exceder de 60 días, es la etapa inicial del contrato de trabajo y tiene por objeto, por parte del patrono, apreciar las aptitudes del trabajador y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones de trabajo.
Este período será remunerado, y si al terminarse ninguna de las partes manifiesta su voluntad de dar por terminado el contrato, continuará éste por tiempo indefinido.
Luego el artículo 50 dice que el período de prueba debe ser estipulado por escrito y en caso contrario, los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo.
En el contrato de trabajo de los servidores domésticos, se presume como período de prueba los primeros 15 días de servicio.