Mediante comunicado el Partido Demócrata Cristiano de Honduras (PSCH) ha inhabilitado a Santos Orellana como su candidato presidencial para las elecciones de 2025.
Esta medida según explican, la han tomado por falta de militantes de más de 5 años, según los estatutos del ente político.
Es de mencionar que el pasado 19 de enero, el excandidato a alcalde de Tegucigalpa pro el PDCH, anunció que Orellana sería el candidato presidencial de cara a los comicios generales de 2025.
A continuación el comunicado:
INFORME COMISION ESPECIAL
En sesión de Directorio Nacional en fecha sábado 29 de junio del 2024 se formó una comisión especial integrada por autoridades del partido para que realizara una investigación, análisis y consultas ante Juristas, órgano electoral, referente a los requisitos que se consignan en nuestros Estatutos, Ley Electoral, Y Constitución de la Republica, para ser candidato presidencial por nuestro partido.
ANTECEDENTES
El 14 de mayo del 2022 se realizó un pleno nacional donde se modificaron y adecuaron los estatutos a la Ley Electoral aprobada el 26 de mayo del 2021.
Los requisitos de los estatutos anteriores para ser candidato a la presidencia de republica por nuestro partido, se leían así:
“ARTÍCULO 155) Los candidatos a cargos en el nivel electivo de la Presidencia de la República, además de los requisitos que se exigen para ser Miembro de la Comisión Política y de Estrategia, en el Art. 29 de estos Estatutos, deben poseer la idoneidad necesaria en términos de competencias profesionales y técnicas en la administración pública y haber demostrado cualidades de indudable liderazgo político y social.
ARTÍCULO 29) Para ser miembro de la Comisión Política y de Estrategia, se requiere:
- Haber demostrado profunda convicción, coherencia y lealtad a los postulados doctrinarios e ideológicos del Partido.”
Después del pleno del 14 de mayo del 2022, los delegados aprobaron modificaciones a los estatutos en lo referente a los requisitos para ser candidato a la presidencia de republica por nuestro partido, los artículos nuevos aprobados art 176 y 38 se leen así:
“ARTÍCULO 176) Requisitos para Candidatos (25) a cargo de Presidente y Designados (as) a la Presidencia. de la República:
Los candidatos a cargos en el nivel electivo de Presidente y Designados (as) a la Presidencia de la República de la República, además de los requisitos que se exigen para ser Miembro de la Comisión Política y de Estrategia, deben poseer la idoneidad necesaria en términos de competencias profesionales y técnicas en la administración pública y haber demostrado cualidades de indudable liderazgo político y social
ARTÍCULO 38) Requisitos para formar parte de la Comisión Política y de Estrategia: Para integrar
la Comisión Política y de Estrategia, se requiere:
1 Cumplir con los requisitos requeridos para ser Miembro del Directorio Nacional.
2 Haber demostrado compromiso partidario, coherencia y lealtad a los postulados doctrinarios e ideológicos del PDCH en los últimos cinco (5) años.
ARTÍCULO 66) Requisitos para ser miembro del Directorio Nacional: Para ser miembro de Directorio Nacional se requiere:
- Ser ciudadano(a) y estar en el pleno goce y ejercicio de sus Derechos Civiles.